La Aldea y el Mundo

Violencia machista en el ámbito laboral

El Convenio 190 (C190) de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) sobre la violencia y el acoso en el mundo del trabajo impulsa a tomar medidas para modificar las pautas culturales que son base de las expresiones de discriminación, acoso y violencia machista en este y todos los ámbitos

Por Majo Corvalán

La desigualdad estructural que conduce a la violencia machista se da en todos los ámbitos y el espacio de trabajo no es la excepción, por eso se habla de “violencia por razón de género en el ámbito laboral”. Detectar, actuar y resolver estas situaciones es responsabilidad de la jerarquía de cada espacio de trabajo, pero también requiere de un compromiso previo atento a prevenir. 

La violencia se puede prevenir, y hasta los femicidios, y la mejor forma de hacerlo es capacitar, realizar protocolos de actuación y seguirlos. 

Natalia Gherardi, directora ejecutiva de ELA, Equipo Latinoamericano de Justicia y Género, advierte que “cuando la violencia y el acoso se producen en un ámbito laboral, las razones por las cuales su víctima puede encontrarse compelida a permanecer en esos espacios responde a razones y lógicas relacionadas muchas veces con la situación de vulnerabilidad económica, la precariedad del vínculo de empleo, o las posibles dificultades para obtener otro empleo en el corto o mediano plazo”.

De hecho, el mayor miedo que sentimos las mujeres, en general, es que no nos crean o que  nos califiquen de “problemáticas”, por lo que, quienes sufren violencia en sus laburos siguen desarrollando sus tareas sin decir nada aunque paguen un alto costo. El 40% de las mujeres que padecieron eventos de violencia tienen un impacto negativo en su salud y un 43%. de las mujeres que sufrieron acoso sexual también. 

La salud y bienestar de las personas que enfrentan violencia y acoso se ve muy afectada porque la situación les genera sufrimiento, vergüenza, humillación, pérdida de confianza, baja autoestima, desmotivación, ira, depresión o episodios de ansiedad. Entre los impactos destacados a nivel individual se encuentran el aumento del estrés, bajo rendimiento, somatización del conflicto y aumento de enfermedades. 

Las estadísticas dan cuenta que las mujeres y personas de la comunidad LGTBIQ+ son quienes se encuentran más afectadas por la violencia y el acoso en el mundo del trabajo al punto que 3 de cada 10 trabajadoras/es sufrieron situaciones de violencia. Sin embargo, la información permite ver que las mujeres son quienes reportan haber vivenciado en mayor proporción violencia y riesgos en el entorno laboral.

Las personas trans-travestis aseguran que deben enfrentar bromas y comentarios ofensivos, acoso sexual y un trato desigual de su carrera, beneficios o salarios. Por otra parte, 9 de cada 10 mujeres recibió un chiste sexista, machista y/o discriminatorio y 4 de cada 10 sufrió acoso sexual en su trabajo. 

El Convenio 190 (C190) de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) sobre la violencia y el acoso en el mundo del trabajo detalla esto, y además impulsa a tomar medidas para modificar las pautas culturales que son base de las expresiones de discriminación, acoso y violencia machista en este y todos los ámbitos.

A este convenio lo acompaña la Recomendación R206 que recuerda a los miembros de la OIT la responsabilidad de “promover entornos de tolerancia cero frente a la violencia y el acoso, así como también la obligación de prevenir y combatir este fenómeno”.

El Convenio 190 y la Recomendación 206 son las primeras normas internacionales del trabajo que brinda un marco normativo destinado a  prevenir, remediar y eliminar la violencia machista en el ámbito laboral, además genera obligaciones a los Estados que los ratifican.

Quiénes y dónde

Determinar quiénes sufren la violencia en el ámbito laboral y cuál es el ámbito laboral es importante. El C190 abarca los sectores laborales público y privado, de la economía formal e informal, en zonas rurales y urbanas y esto incluye: trabajadores/as asalariados/as cualquiera que sea su situación contractual, personas en formación, incluidos los pasantes y los aprendices, trabajadores/as despedidos/as, voluntarios/as, personas en busca de empleo y postulantes a un empleo. En Argentina las personas que buscan trabajo no se encuentran alcanzadas por la regulación laboral.

Además de definir quiénes sufren violencia el C190 establece una interpretación sobre dónde se puede enfrentar una situación de violencia laboral: En el lugar de trabajo, en espacios públicos y privados cuando son un lugar de trabajo, en lugares donde se paga al trabajador, donde se toma su descanso o donde comer, en instalaciones sanitarias o de aseo y vestuarios, en desplazamientos, viajes, eventos o actividades sociales o de formación relacionados con el trabajo, en comunicaciones relacionadas con el trabajo o en el trayectos entre el domicilio y el lugar de trabajo.

En el ámbito laboral conviven personas de diferentes orígenes, con distintos niveles de acceso a la formación e información, que profesan diferentes religiones o ninguna, etc. Es muy común que lo que para una persona es un chiste, para otra sea una ofensa, esto no significa que hay diversas interpretaciones sobre una misma expresión, sino que algunos agentes naturalizan la violencia y otros/as no. 

Levantar la voz, dar órdenes a los gritos, actuar con condescendencia, humillar, anular o deslegitimar la palabra a les y las trabajadoras es violencia que suele justificarse con el “malhumor” del jefe, el asesor o el compañero. Un comentario misógino, racista, sexista, lesbodiante o discriminatorio no “se le escapó” es violencia y debe trabajarse como tal.

El C190 establece que es importante que se implementen medidas internas de prevención, atención, asistencia y reparación ante comportamientos que generan daño. Para lograrlo es importante que se propicie en el espacio laboral una comunicación activa, periódica y sostenida a través de todos los canales existentes. Además es indispensable capacitar, formar y dar espacios de difusión a la temática de la violencia y el acoso laboral de manera sostenida y periódica. Nada de esto puede hacerse si quienes ocupan puestos de máxima decisión no toman un compromiso institucional de generar espacios laborales libres de violencia y acoso. 

La herramienta más recomendada para trabajar, evitar o atender situaciones de violencia machista es el Protocolos de Actuación y Abordaje frente a Situaciones de Violencia y Acoso. Es como una hoja de ruta que permite determinar qué objetivos, acciones y comportamientos serán abordados y debe ser aplicado de acuerdo a las necesidades de cada ámbito de trabajo.

Lo ideal es que cada lugar elabore su protocolo según sus propias necesidades y que se enmarque en una política Institucional que dialogue con otras, como por ejemplo políticas de igualdad, de no discriminación o con un código de ética. El documento debe describir a qué personas incluye (trabajadoras, asesoras externas. directoras, etc.) y el espacio que incluye (oficinas, espacios públicos en donde se realizan tareas laborales, entre otras).

En caso de que alguna persona acerque una denuncia por violencia o acoso es indispensable mantener la confidencialidad durante todo el proceso con la intención de evitar la re-victimización y minimizar el daño que este proceso cause. También es recomendable que durante el proceso de abordaje del hecho violento se brinde información clara sobre cómo va se a intervenir en el ámbito laboral, y el acompañamiento que se puede brindar en caso que la denunciante quiera, además, radicar la denuncia en la justicia.

El acoso existe, no somos locas, ni exageradas ni problemáticas. La violencia machista existe y también la responsabilidad de erradicarla.