SOBRE IMPLEMENTACIÓN DE LA IVE
Vir Patiño
Corriente Nacional Lohana Berkins San Luis
El pasado 24 de enero entró en vigencia la Ley 27.610 de IVE. Sin embargo, la Ley presenta obstáculos y dilataciones en su implementación y aplicación efectiva. Principalmente, considero que esto se debe a una faltante en cuanto al rol del Estado para ejecutar las políticas públicas pertinentes que permitan garantizar la ejecución de dicha ley.
Existe preocupación por la obstaculización al acceso a la medicación para la práctica ambulatoria del aborto hasta la semana 14, como también, por la ausencia de contraindicaciones del método de legrado que desde hace años es desaconsejado por la OMS, y así mismo, profesionalxs objetorxs de conciencia han optado por implementar esta práctica avasallando nuestro derecho a informarnos y poder decidir cómo llevar adelante un aborto en forma segura, según lo establece la Ley.
Ni hablar de la preocupación que genera que centros de salud privados, como ocurre en nuestra provincia, rechacen la ejecución de esta práctica al declararse como institución objetora de conciencia. Por otro lado, nos encontramos con la violenta reacción de los sectores antiderechos que pretenden bloquear la ley con herramientas judiciales.
El Estado debe garantizar que el acceso integral a la IVE, con todo lo que implica la Ley, se lleve adelante desde los principales centros de salud del país, hasta los Centros de Atención Primaria de la Salud, en cada provincia, municipio y territorio nacional, tanto en el Sistema de Salud Público como privado. En ese sentido, es necesaria la articulación de los organismos estatales con las organizaciones feministas que han venido desarrollando acompañamientos desde el socorrismo y las consejerías a quienes deciden abortar.
Marcela Lozano
Colectivo Mujeres por un Parto Respetado
Como integrante del colectivo de Mujeres por un Parto Respetado, considero que para que se pueda acceder al derecho de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), no debería presentar obstáculos en su implementación y cumplimiento por parte del sistema de salud, que cada institución del Estado e institución privada garantice el método con misoprostol (medicamento) o se propicie la evacuación uterina como opción, a todas las mujeres y personas gestantes, como tampoco se demore el turno para acceder a la práctica. La pandemia no debería ser otro factor de complejidad para su cumplimiento.
Celebramos la aprobación de la Ley IVE 27610 que gracias a los aportes de la Campaña Nacional por el Derecho al aborto legal, seguro y gratuito como la lucha por su implementación que llevó durante años, fue decisivo para una libre elección respecto a los derechos sexuales y reproductivos.
Sin olvidar que se llega a esta ley por las condiciones en que ingresaban mujeres y personas gestantes a los centros de salud por abortos incompletos, complicaciones, hemorragias, y muertes, producto de la clandestinidad.
Es central se resguarden estos derechos que se han conquistado, por parte del Estado y de las diferentes organizaciones militantes por los derechos sexuales y reproductivos, para que esta ley no quede trunca y no se vea afectada, y deshabilitada la elección de las mujeres y personas gestantes el derecho a elegir sobre su maternidad.
Que ninguna mujer que elija libremente interrumpir su embarazo reciba un maltrato físico o psicológico por parte del sistema de salud, como vemos en los partos diariamente este tipo de violencia obstétrica. El Estado puede y debe controlar que se cumplan los derechos conquistados.